Auto Supremo AS/0146/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0146/2020

Fecha: 21-Feb-2020

CONSIDERANDO IV

III.2. De la previa expropiación del ente municipal.
En relación a la previa expropiación de un buen inmueble antes de la afectación de ese derecho el Auto Supremo N° 1206/2016 de 24 de octubre manifestó: “…por otra parte, es cuestionable la actitud asumida por el Gobierno Municipal en sentido de no haber procedido conforme al ordenamiento legal, porque debió expropiar la propiedad privada para viabilizar sus proyectos de urbanidad, empero al no haberlo hecho, deberá solicitar que dichos terrenos sean expropiados en la vía administrativa, en el marco del derecho de petición consagrado en el art. 24 de la Constitución Política del Estado Plurinacional; y en caso de negativa por parte del Ente Municipal, podrá la parte actora activar la petición de reivindicación establecida por el art. 1453 del Código Civil”.
CONSIDERANDO IV:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
1. Los recurrentes acusaron indebida e inadecuada valoración de la prueba, señalando que el municipio no demostró su derecho propietario, y alarmó que el Auto de Vista al establecer que el municipio no acreditó su derecho propietario no constituye un elemento suficiente para declarar la reivindicación del terreno, alegando que se demostró su derecho mediante prueba de cargo detallada, y existió error en la indebida valoración de la prueba de descargo con la consiguiente vulneración del derecho al debido proceso, en cuanto al acceso a una justicia transparente, imparcial y justa, concretando su reclamo sobre la pericia