Auto Supremo AS/0167/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0167/2020-RA

Fecha: 06-Feb-2020

Asimismo, relata que el Tribunal de juicio expresó que la realización de pericia en las


Asimismo, relata que el Tribunal de juicio expresó que la realización de pericia en las firmas fuera innecesaria, bajo el argumento que resultara imposible que dos personas que fallecieron 22 y 15 años antes de la suscripción del documento hayan podido firmar, cuestionando la recurrente que se haya condenado por los delitos de Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado sin contar con un informe pericial, donde se haya podido determinar qué partes del documento fuesen falsificadas; sin embargo, dichos extremos se ratifica en el Auto de Vista impugnado, situación que contradice los Autos Supremos 93/2013-RRC de 3 de abril y 272/2009 de 4 de mayo, relativos a que se debe determinar la culpabilidad en delitos de falsedad mediante pericia; y, que constituye violación del debido proceso el rechazo de una prueba conducente al descubrimiento de la verdad de los hechos. Finalmente, refiere que, no obstante generarse dudas, el Tribunal inferior emitió Sentencia condenatoria sin observar el principio de presunción de inocencia, vulnerando el debido proceso y la debida fundamentación