Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0167/2020-RA
Fecha: 06-Feb-2020
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Por memorial presentado el 16 de enero de 2020, Gianina Jirasko Griesser de fs
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De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
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Por diligencia de 16 de enero de 2020 (fs
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Respecto al agravio previsto en el art
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La recurrente alega que el Tribunal de alzada incurrió en una fundamentación insuficiente y contradictoria
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Asimismo, relata que el Tribunal de juicio expresó que la realización de pericia en las
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Denuncia que el Auto de Vista impugnado, respecto al agravio previsto en el art
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El art
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En este contexto, el art
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Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
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ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
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Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
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iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
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El precepto legal contenido en el citado art
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Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
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Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
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Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
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En el caso de autos, se advierte que el 16 de enero de 2029, la
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En cuanto a la segunda parte del motivo, la recurrente denuncia que el Tribunal de
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Con relación al segundo motivo de casación, la recurrente sostiene que el Tribunal de alzada
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En referencia al cuarto motivo de casación, la recurrente denuncia que el Tribunal de alzada
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En cuanto a la segunda parte del motivo, referente a que el Tribunal de juicio,
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Regístrese, hágase saber y cúmplase
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FDO
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Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
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