Auto Supremo AS/0180/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0180/2020-RRC

Fecha: 17-Feb-2020

La recurrente denunció el defecto de Sentencia previsto en el art


La recurrente denunció el defecto de Sentencia previsto en el art. 370 inc. 5) del CPP, argumentando que se la acusó por los delitos de Difamación e Injuria, así en el considerando VI de la Sentencia, la juzgadora se refirió a los componentes de dichos ilícitos, que se dieron los presupuestos del juicio de culpabilidad, aludió que la acusada trató de justificar su conducta señalando que se acercó a querer conversar, pero conforme los testigos del lugar, escucharon proferir a la acusada palabras contrarias al honor y que las supuestas ofensas recíprocas sostenidas en juicio, no fueron demostradas. La recurrente cuestionó que dichas argumentaciones vertidas por la Juzgadora no contendrían una fundamentación objetiva, porque una verdadera motivación comprueba la existencia del hecho y la responsabilidad del imputado, como autor, cómplice o instigador, que para haberla sentenciado, debió concurrir todos los elementos constitutivos de los tipos penales, que la fundamentación de la Sentencia debió tener un análisis razonado y una comparación de los argumentos expuestos por las partes, que no debe estar fundada en el orden formal, que el fallo condenatorio no contuvo la debida motivación, condenándola a un delito que no cometió; asimismo, sostuvo que la argumentación fue insuficiente para fundar una condena, por cuanto se limitó a transcribir doctrina concerniente a los elementos de los tipos penales de Difamación e Injuria, pero no guardó relación respecto a su conducta