Auto Supremo AS/0183/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0183/2020-RRC

Fecha: 17-Feb-2020

No se tuvo como probado el momento de la comisión del hecho; es decir la


No se tuvo como probado el momento de la comisión del hecho; es decir la fecha, no obstante, aquello no hace desaparecer el hecho del que se tuvo pleno convencimiento. Asimismo, respecto a la declaración de la testigo Nelva Ossio Aruquipa, no se pudo sostener dicha afirmación, no teniendo asidero el mismo, cuando los hechos acusados pudieron ser probados y no fueron producto de un chantaje como se pretendió sugerir