Así las cosas, la parte recurrente atendió las observaciones en memorial de fs
Así las cosas, la parte recurrente atendió las observaciones en memorial de fs. 310 311; y, luego, previa audiencia de fundamentación complementaria, fs. 324 a 327, donde los argumentos base y marco fueron reiterados, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca pronunció el Auto de Vista 172/2019, fallo que sostiene:
“En cuanto a los motivos de apelación tercero y cuarto, que deducen errónea aplicación del art. 282 del CP, en la Sentencia, e insuficiente fundamentación…porque el Juez en cuanto al elemento publicidad hubiere asumido conclusiones sin tomar en cuenta que el hecho fue únicamente conocido por la acusadora y su esposo, pretendiendo forzar reconociendo publicidad a la acción deducida a dos personas (víctima y su esposo)…
…ese marco recursivo, permite analizar que para que se constituya la exteriorización de pensamientos, lesivos del honor, debe tener carácter imputativo; es decir, tiene que estar formada por imputaciones que atribuyan calidades, costumbres o conductas susceptibles de ser apreciadas como peyorativas para la personalidad de la ofendida. Tal conclusión refuerza la idea de que las simples ofensas al decoro que carecen de ese carácter imputativo no constituyen ofensas contra el honor, sino meras circunstancias de desconsideración social que no estén comprendidas como delito. Pues, los delitos contra el honor, revisten características jurídicas especiales que justifican que se los legisle como categoría propia, el honor como bien jurídico tiene características muy especiales, es un bien de estimación relativa, a decir que no todas las personas la estiman de igual modo. La doctrina…orienta, que el honor como bien jurídico, reviste dos formas diferentes, esto es que se da a conocer a través de dos maneras distintas: el honor subjetivo y el honor objetivo. ‘El honor subjetivo puede ser considerado como una autovaloración, es decir como el aprecio de la propia dignidad, como el juicio que cada cual tiene de sí mismo en cuanto sujeto de relaciones ético sociales’ el honor desde el punto de vista objetivo es lo que se llama reputación, es decir la valoración que hacen los demás a través de la conducta real o aparente
- Por memorial presentado el 2 de agosto de 2019, cursante de fs
- Solicitó que previa admisión de su recurso, en la valoración de fondo, evidenciando la existencia
- El Juez Público Civil, Comercial y de Sentencia Segundo con asiento en la localidad de
- …la acusada…mediante…su celular…en fecha 23 de agosto de 2017, envía una serie de mansajes denostadores
- El elemento tendencioso se puede advertir que ha sido concretado…puesto que por el contenido de
- El elemento repetidos se puede apreciar en que los mensajes al esposo de la [querellante],
- Con esos mensajes lo que se ha logrado…revelar un supuesto hecho de infidelidad a oídos
- El tipo penal establece para la comisión del presente delito el elemento “cualquier medio” que
- En memorial de fs
- Previa realización de audiencia de fundamentación complementaria, fs
- III
- Así las cosas, la parte recurrente atendió las observaciones en memorial de fs
- “…este delito consiste en la acción de desacreditar públicamente a una persona en su reputación
- De ahí que, el primer elemento a ser tomado en cuenta tiene que ver con
- El Auto Supremo 212/2013-RRC de 27 de agosto, sentó línea jurisprudencial en torno a los
- “En cuanto a los elementos constitutivos de este tipo penal, esta Sala comprende que se
- Como se reprodujo párrafos atrás, el Auto de Vista 172/2019, brindó un criterio básico genérico
- Sobre este motivo la Sala manifiesta que la comprobación de la ausencia de motivación de
- III.2 Respecto a la denuncia relativa a la inexistencia de fundamentación
- Aspecto sobre el cual, el Tribunal de apelación advirtiendo que su respuesta iría de forma
- En materia procesal penal, este principio adquiere mayor relevancia debido a su íntima conexión con
- Por tal motivo, la exigencia de la mencionada congruencia es de orden fáctico, lo cual
- Por lo reseñado y expuesto la Sala concluye que, el Auto de Vista 172/2019, contiene
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FDO
- Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
