Por lo reseñado y expuesto la Sala concluye que, el Auto de Vista 172/2019, contiene
Por lo reseñado y expuesto la Sala concluye que, el Auto de Vista 172/2019, contiene una fundamentación clara, ya que no deja lugar a dudas el pensamiento expresado por el Tribunal de alzada; completa, toda vez que ante la denuncia existe la correspondiente respuesta a todos los puntos impugnados; legítima, porque la respuesta está basada en aspectos concretos identificados en la sentencia; y, lógica, ya que la respuesta a la denuncia es coherente y razonable con lo pedido, pese de que, el recurso de apelación restringida es un tanto genérico e impreciso, con mayor razón no sería coherente la exigencia de una argumentación ampulosa innecesaria que abunde en repeticiones o cuestiones irrelevantes al caso, sino una fundamentación con precisión y claridad como en el presente caso.Consiguientemente, se constata que el Auto de Vista impugnado observa una estructura jurídica, expone con claridad las razones y fundamentos legales que la sustenta y que permite concluir, que la determinación contiene efectivamente fundamentos de hecho y de derecho que dan certeza de que la decisión adoptada es justa y por tanto no contradice los precedentes invocados respecto a la fundamentación e incongruencia omisiva, más cuando, la cuestión central del reclamo es atinente a una cuestión meramente incidental, sin repercusión, trascendencia o vinculación con el objeto del proceso, sino con una responsabilidad disciplinaria en la autoridad jurisdiccional, como bien lo expuso la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Chuquisaca
- Por memorial presentado el 2 de agosto de 2019, cursante de fs
- Solicitó que previa admisión de su recurso, en la valoración de fondo, evidenciando la existencia
- El Juez Público Civil, Comercial y de Sentencia Segundo con asiento en la localidad de
- …la acusada…mediante…su celular…en fecha 23 de agosto de 2017, envía una serie de mansajes denostadores
- El elemento tendencioso se puede advertir que ha sido concretado…puesto que por el contenido de
- El elemento repetidos se puede apreciar en que los mensajes al esposo de la [querellante],
- Con esos mensajes lo que se ha logrado…revelar un supuesto hecho de infidelidad a oídos
- El tipo penal establece para la comisión del presente delito el elemento “cualquier medio” que
- En memorial de fs
- Previa realización de audiencia de fundamentación complementaria, fs
- III
- Así las cosas, la parte recurrente atendió las observaciones en memorial de fs
- “…este delito consiste en la acción de desacreditar públicamente a una persona en su reputación
- De ahí que, el primer elemento a ser tomado en cuenta tiene que ver con
- El Auto Supremo 212/2013-RRC de 27 de agosto, sentó línea jurisprudencial en torno a los
- “En cuanto a los elementos constitutivos de este tipo penal, esta Sala comprende que se
- Como se reprodujo párrafos atrás, el Auto de Vista 172/2019, brindó un criterio básico genérico
- Sobre este motivo la Sala manifiesta que la comprobación de la ausencia de motivación de
- III.2 Respecto a la denuncia relativa a la inexistencia de fundamentación
- Aspecto sobre el cual, el Tribunal de apelación advirtiendo que su respuesta iría de forma
- En materia procesal penal, este principio adquiere mayor relevancia debido a su íntima conexión con
- Por tal motivo, la exigencia de la mencionada congruencia es de orden fáctico, lo cual
- Por lo reseñado y expuesto la Sala concluye que, el Auto de Vista 172/2019, contiene
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FDO
- Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
