Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0205/2020-RA
Fecha: 18-Feb-2020
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Por memorial presentado el 20 de enero de 2020, de fs
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Contra la mencionada Sentencia, por actuación de fs
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Con el rótulo de “denuncia defecto procesal absoluto por violación del deber de fundamentación incongruencia
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La respuesta brindada en el Auto de Vista impugnado, a decir del recurrente, no constituye
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Asimismo, las observaciones de insuficiencia en la fundamentación fáctica, no hubieran sido respondidas por el
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Considera que las denuncias que sobre insolvente fundamentación en la valoración de la prueba que
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El recurrente atribuye al Tribunal de origen haber generado defecto absoluto no susceptible de convalidación
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Manifiesta que la Sentencia contrarió la doctrina legal inmersa en los Autos Supremos 038/2013-RRC de
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El art
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En este contexto, el art
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Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
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ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
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Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
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iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
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El precepto legal contenido en el citado art
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También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
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En relación al requisito plazo, se tiene que el recurrente fue notificado con el Auto
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En el primer motivo del recurso, se formula denuncia de transgresión de los arts
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Así precisados estos dos motivos, es necesario señalar que la contradicción vista en los arts
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La invocación del precedente contradictorio exigible en casación, se orienta al propio cumplimiento de sus
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Con relación al tercer motivo del recurso, en el cual se denuncia defecto absoluto en
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La base de impugnabilidad sobre casación, obedece a la revisión de un Auto de Vista
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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Regístrese, hágase saber y devuélvase
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FDO
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Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
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