Auto Supremo AS/0219/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0219/2020-RRC

Fecha: 28-Feb-2020

Lo anterior significa que el único presupuesto procesal indispensable para intervenir en el proceso, es


Lo anterior significa que el único presupuesto procesal indispensable para intervenir en el proceso, es acreditar el daño concreto, sin otra exigencia condicionante, algo que, en el curso de la tramitación del caso en análisis no ocurrió con la ASFI, más cuando debe tenerse presente, que la configuración del objeto del proceso se definió con el requerimiento de acusación formal, saliente de fs. 270 a 275, a través del cual el Ministerio Público, titular de la investigación y el ejercicio de la acción penal, enmarcó el juzgamiento por el delito de Estafa, en contra de Cristian Crecensio Delgado Canaza y Dominga Canaza Chicchi, especificando que las víctimas y querellantes se tratasen de Felipe López Ríos y Macaria Olaque Coronel. Asimismo, debe tomarse en cuenta que conforme el requerimiento de aplicación de procedimiento abreviado no vincula la finalización total del proceso, habida cuenta que la calificación jurídica establecida por el Ministerio Público establece grados de participación distintos a ambos acusados, de los cuales la salida alternativa requerida beneficia a la de menor gravedad