Auto Supremo AS/0221/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0221/2020-RRC

Fecha: 28-Feb-2020

La prueba pericial N° 1, consistente en el certificado médico forense que concluyendo en desfloración


El Tribunal Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Susano Sosa Vargas, autor y culpable del delito de Violación Agravada, previsto por el art. 308 con relación al art. 310 inc. g) del CP, imponiendo una pena privativa de libertad de veinte años, bajo los siguientes hechos probados: 

El 22 de agosto de 2016, la madre de la víctima María Juanita Surubí Salvatierra, denunció a su concubino Susano Sosa Vargas por el delito de Violación, siendo víctima su hija de iniciales M.F.S.S., en circunstancias cuando la denunciante salió a trabajar, el imputado aprovechó de violar a su hijastra, así al retornar a su inmueble encontró a su hija en cama sin poder pararse, donde confesó que su padrastro le estaba friccionando sus piernas, pero de pronto procedió a violarla diciendo que se abriera y no gritara, llevando la madre de la víctima a emergencias al Hospital Percy Boland, versión corroborada por las documentales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9 del Ministerio Público, acta de denuncia, examen médico legal, resolución de aprehensión, informes policiales, inspección ocular, entre otros.

La prueba pericial N° 1, consistente en el certificado médico forense que concluyendo en desfloración reciente compatible con acceso carnal, donde se demostró que la víctima fue objeto de violación por el imputado; además, conforme la prueba pericial N° 2, consistente en la pericia psicológica, la víctima relató que su padrastro Susano Sosa Vargas le hubiera dado una tableta supuestamente para el dolor de cuerpo, pero sintió que se desvanecía, de forma posterior observó que le estaba violando, testimonio basado en criterios, dando como conclusión un testimonio creíble