Auto Supremo AS/0221/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0221/2020-RRC

Fecha: 28-Feb-2020

La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz emitió el Auto


II.3. Del Auto de Vista anulado.

La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz emitió el Auto de Vista impugnado, que declaró improcedente el recurso planteado y confirmó la Sentencia apelada bajo los siguientes argumentos:

El Tribunal de alzada en primera instancia efectuó una contextualización sobre el delito de Violación y sus elementos, la fuerza, violencia u otro medio que prive a la víctima la voluntad razón o sentido, luego extrajo los agravios denunciados, relativos a la supuesta valoración defectuosa de la prueba, en especial del certificado forense que no refiere hematoma, ni otro elemento que haya sido dopada, que no se presentó a declarar la denunciante ni la víctima, que las pruebas documentales e informes policiales se incorporaron a juicio por su lectura y que ninguno de los asignados al caso se presentó a declarar a juicio oral; al respecto, el Tribunal de apelación concluyó que lo afirmado no resultaba evidente, ya que las pruebas de cargo en especial las periciales, médico y psicológico, fueron judicializadas por su lectura conforme dispone el art. 333 del CPP, evidenciándose que se valoró dichas pruebas conforme las atribuciones de los arts. 171 y 173 del CPP, también explicó que la prueba médica si bien no señaló directamente al autor, otorgó luces sobre la forma que se hubiera cometido el delito, indicando vestigios de fuerza, violencia y si el acto fue reciente o de data anterior, aclarando que la prueba pericial es una instancia importante, realizando la explicación pertinente a su naturaleza e importancia, concluyendo que la pericia médico y psicológica fue obtenida conforme a procedimiento, quedando demostrado que el criterio del Tribunal inferior no se trató de simples suposiciones como pretendía el recurrente, advirtiéndole que para cometer dicho delito no sólo se utiliza la fuerza o violencia, sino también la intimidación o cualquier otro medio que prive la razón, voluntad o sentido, en el caso presente la violación se hubiera consumado después de que la menor hubiera sido dopada, pues la misma admitió que su padrastro le hubiera dado una tableta y que inmediatamente ella se durmió, entonces cómo fuera posible que el recurrente exija hematomas