Auto Supremo AS/0098/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0098/2020

Fecha: 06-Mar-2020

En ese sentido, la recurrente acusa que se incurrió en error de hecho y de

En ese sentido, la recurrente acusa que se incurrió en error de hecho y de derecho respecto a la siguiente prueba documental: Memorándum de fs. 31, por el cual se llama severamente la atención a la actora, por haber emitido memorándum a dos funcionarios de la empresa sin consentimiento ni aprobación, además de firmar por el gerente propietario de la Estación de Servicio Panamericano. A fs. 57, cursa representación al memorándum referido previamente, por la cual la ex trabajadora argumenta las razones de emisión de los memorándum a los funcionarios, señalando que es la primera llamada de atención, por lo que correspondía que esta sea verbal. A fs. 30, prueba repetida a fs. 59, cursa literal, por la cual trabajadora, manifiesta que el sábado 31 de agosto, retiró Bs. 4.000 de la máquina manejada por Marisol Mamani, solicitando que ese dinero sea descontado de su sueldo de agosto de 2013. En relación a lo señalado y de la lectura del Considerando II, numeral 2 de la sentencia, se desprende claramente que las literales descritas previamente, constituyeron indicios, que establecieron el convencimiento de la Juez, de la inexistencia del despido injustificado, argumentación que fue ratificada por el Tribunal de Alzada