Por último, nos referimos a: c) La percepción de remuneración o salario en cualquiera de
La prestación de trabajo por cuenta ajena, representada en una labor personal ya sea física o intelectual que conlleva la realización de actos materiales, ejecutados por la trabajadora con su pleno conocimiento, en beneficio del empleador, ya sea una persona natural o jurídica, indistintamente. Tanto el costo del trabajo, producto, como los resultados son destinados al empleador, que corre con todos los riesgos, y aprovecha de los resultados; recibiendo el trabajador en tal tipo de relación solamente una remuneración por su labor, sin que se vea afectado por el resultado económico de esa operación. Desde esta perspectiva, la doctrina enseña que el trabajo por cuenta ajena exige tres características esenciales: a) Que el costo del trabajo corra a cargo del empleador; b) Que el resultado del trabajo se incorpore al patrimonio de aquél; y, c) Que sobre el mismo recaiga el resultado económico favorable o adverso, sin que el trabajador se vea afectado por el mismo.
Aplicando al caso de autos, quedó demostrado que la demandante prestaba sus servicios como bioquímica del hospital, identificándose la ajenidad, que es el trabajo intelectual que prestó la trabajadora convirtiéndose en parte del sistema de producción, incrementando el valor al producto, el cual pertenece al empleador, dueño de los factores de producción, obligándose este a retribuir la prestación recibida con la remuneración, siendo quien dirige el mecanismo para la obtención de los frutos o ganancias, concluyendo que el trabajo dependiente deriva del hecho de prestar un servicio por cuenta de otro
Por último, nos referimos a: c) La percepción de remuneración o salario en cualquiera de sus manifestaciones. Corresponde hacer incidencia en lo que se entiende por remuneración o salario, entendiendo que el mismo es un pago que percibe el trabajador, por el trabajo desarrollado, o dicho de otra manera es la suma de dinero que recibe de forma periódica un trabajador de su empleador por un tiempo de trabajo determinado o por la realización de una tarea específica o fabricación de un producto bajo su dependencia
Aplicando al caso de autos, quedó demostrado que la demandante prestaba sus servicios como bioquímica del hospital, identificándose la ajenidad, que es el trabajo intelectual que prestó la trabajadora convirtiéndose en parte del sistema de producción, incrementando el valor al producto, el cual pertenece al empleador, dueño de los factores de producción, obligándose este a retribuir la prestación recibida con la remuneración, siendo quien dirige el mecanismo para la obtención de los frutos o ganancias, concluyendo que el trabajo dependiente deriva del hecho de prestar un servicio por cuenta de otro
Por último, nos referimos a: c) La percepción de remuneración o salario en cualquiera de sus manifestaciones. Corresponde hacer incidencia en lo que se entiende por remuneración o salario, entendiendo que el mismo es un pago que percibe el trabajador, por el trabajo desarrollado, o dicho de otra manera es la suma de dinero que recibe de forma periódica un trabajador de su empleador por un tiempo de trabajo determinado o por la realización de una tarea específica o fabricación de un producto bajo su dependencia
- Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
- I.1.Antecedentes del proceso
- María Isabel García Sejas, en su escrito de fs
- Aguinaldo Esfuerzo por Bolivia por duodécimas 5 meses y 5 días gestión 2015, doble por
- Deducido el recurso de apelación, la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del
- El Tribunal de Alzada, al confirmar la sentencia, no efectuó una correcta valoración de las
- 1.1. Consideraciones previas
- A su vez la Ley Nº 719 de 6 de agosto de 2015, dispuso que
- 1.2. Argumentos de hecho y derecho
- El recurrente, acusa que el Tribunal de Alzada no efectuó una correcta valoración de las
- En principio corresponde enfatizar que el Derecho del Trabajo encuentra como objetivo permanente el mantener
- De tal manera dada la naturaleza y características propias del derecho del trabajo, los derechos
- Por otro lado, el art
- La subordinación y dependencia, componen el elemento principal para la identificación de la existencia del
- Ciertamente, la subordinación puede ser explicada, a partir de la percepción de una dependencia que conecte
- Lo anterior conlleva una descripción del significado clásico de la subordinación o dependencia, que guarda
- Por lo que de la demanda, contestación de la demanda y de lectura de las
- Por último, nos referimos a: c) La percepción de remuneración o salario en cualquiera de
- En el presente caso, se tiene la confesión provocada de la demandante cursante a fs
- Por lo compulsado y por las pruebas cursantes en obrados, resulta por demás evidente la
- Por lo señalado, no resulta evidente que el Juez Ad quo, hubiera valorado incorrectamente las
- Lo previamente señalado, encuentra también su asidero legal en el artículo 182 inc
- A lo expuesto, corresponde aclarar que el proceso se apreció en relación las pruebas cursantes
- Por último, se debe manifestar que, en el marco legal descrito, el Tribunal de Alzada
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
