Auto Supremo AS/0163/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0163/2020

Fecha: 10-Mar-2020

El recurrente refiere a la ausencia de la cita de Leyes en la que se

El recurrente refiere a la ausencia de la cita de Leyes en la que se funda, a la insuficiente fundamentación e incongruencia de la resolución. En tal sentido se tiene:
De la revisión de la resolución recurrida, ésta confirma una resolución anulatoria, en base a la facultad contenida en el art. 17-I de la Ley del Órgano Judicial; es decir, la revisión de oficio de las actuaciones procesales. En tal sentido el Auto de Vista recurrido versó sobre la nulidad generada en la incorrecta aplicación de la base cierta sobre la presunta.
Es decir, de forma puntual a la pretensión demandada y consecuentemente apelada; si bien es innegable que, la motivación de las resoluciones judiciales constituye un deber jurídico, consagrado constitucionalmente como uno de los elementos del debido proceso, que se convierte en una garantía de legalidad procesal para proteger la seguridad jurídica, la racionalidad y fundamentación de las resoluciones judiciales o administrativas, y que la motivación debe permitir vislumbrar con claridad las razones de decisión por las que se confirmó o se modificó un fallo de instancia, en base a los principios de congruencia, pertinencia y exhaustividad. Se hace énfasis, que la fundamentación no implica la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales; sino que, exige una estructura de forma y fondo, que satisfaga todos los puntos demandados, debiendo expresarse sus convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión; en cuyo caso, las normas del debido proceso se tendrán por fielmente cumplidas. En otras palabras, debe estar razonablemente fundado; es decir, explicarse los motivos y razonamientos por los cuáles se llegó a esa conclusión, lo cual está demostrado en el Auto de Vista recurrido que justifica fáctica y legalmente su fallo