Es de importancia considerar que el principio de congruencia procesal, si bien pondera el derecho
La Jurisprudencia Constitucional ha desarrollado asimismo el principio de congruencia en la Sentencia Constitucional Nº 0486/2010-R de 5 de julio, donde ha razonado que: "El principio de congruencia, responde a la pretensión jurídica o la expresión de agravios formulada por las partes; la falta de relación entre lo solicitado y lo resuelto, contradice el principio procesal de congruencia; la Resolución de primera y/o segunda instancia, debe responder a la petición de las partes y de la expresión de agravios, constituyendo la pretensión jurídica de primera y/o segunda instancia…". Razonamiento que es reiterado por el Tribunal Constitucional Plurinacional, a través de las Sentencias Constitucionales Plurinacionales Nº 0255/2014 y Nº 0704/2014.
Es en este entendido, a través del Auto Supremo Nº 254/2014 se ha orientado que: “La inobservancia de estas reglas conllevan incongruencia, que a decir de la doctrina se diferencian en: Incongruencia positiva, que es aquella en la que el juzgador extiende su decisión más allá de los límites del problema judicial que le fue sometido a su consideración; e Incongruencia negativa, cuando el juzgador omite el debido pronunciamiento sobre alguno de los términos del problema judicial. En ésta última, encontramos la denominada “citra petita”, que resulta de la omisión de alguna de las pretensiones deducidas en proceso…
Es de importancia considerar que el principio de congruencia procesal, si bien pondera el derecho al debido proceso, sin embargo “no es absoluto”, en la medida de la afectación de otros derechos, garantías y principios fundamentales que emergen en procura de brindar la tutela judicial efectiva a las partes
Es en este entendido, a través del Auto Supremo Nº 254/2014 se ha orientado que: “La inobservancia de estas reglas conllevan incongruencia, que a decir de la doctrina se diferencian en: Incongruencia positiva, que es aquella en la que el juzgador extiende su decisión más allá de los límites del problema judicial que le fue sometido a su consideración; e Incongruencia negativa, cuando el juzgador omite el debido pronunciamiento sobre alguno de los términos del problema judicial. En ésta última, encontramos la denominada “citra petita”, que resulta de la omisión de alguna de las pretensiones deducidas en proceso…
Es de importancia considerar que el principio de congruencia procesal, si bien pondera el derecho al debido proceso, sin embargo “no es absoluto”, en la medida de la afectación de otros derechos, garantías y principios fundamentales que emergen en procura de brindar la tutela judicial efectiva a las partes
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Iniciado el trámite de Compensación de Cotizaciones (CC) Procedimiento Manual, la Comisión Nacional de Prestaciones
- Resolución de la Comisión de Reclamación del “SENASIR”
- Tramitado el proceso de reclamación, la Comisión de Reclamación del Sistema de Reparto, emitió la
- Interpuesto el recurso de apelación por la solicitante de fs
- Ante la determinación del Auto de Vista, el Servicio Nacional del Sistema de Reparto a
- Recurso de casación en la forma
- A ese fin, señalo que contar con una debida motivación, es un requisito sine qua
- Por último, transcribió como norma transgredida el art. 213-II del Código Procesal Civil (CPC-2013)
- Admisión del Recurso de Casación
- 1
- En mérito al principio de congruencia, toda resolución debe reunir la coherencia procesal necesaria, que
- Con este antecedente, el Tribunal de casación a momento de realizar el análisis sobre los
- En este sentido, este Supremo Tribunal de Justicia a través de sus diversos fallos (Autos
- Es de importancia considerar que el principio de congruencia procesal, si bien pondera el derecho
- En el recurso de casación en la forma y en relación al principio de congruencia,
- De donde se tiene que el Juez no puede simple y llanamente aplicar la nulidad,
- En ese entendido, corresponde señalar que el art
- Motivación y fundamentación de las resoluciones como resguardo del debido proceso previsto en el art
- Asimismo, en el “Considerando IV”, transcribió disposiciones normativas como ser los arts
- En ese contexto, el Tribunal de Alzada, se constituye en la instancia de segundo grado
- Consecuente, se infiere que la determinación asumida por el Tribunal de Alzada no se encuentra
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
