Auto Supremo AS/0165/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0165/2020

Fecha: 10-Mar-2020

Regístrese, notifíquese y devuélvase.

Conforme a lo expuesto, corresponde resolver en previsión del art. 17-III de la Ley del Órgano Judicial y art. 106-I del Código Procesal Civil, aplicable por mandato del art. 252 del Código Procesal del Trabajo y por consiguiente ya no es pertinente resolver los argumentos del recurso de casación en el fondo.
POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en el art. 184-1 de la Constitución Política del Estado y 42 parágrafo I num. 1 de la Ley del Órgano Judicial, ANULA obrados hasta el sello de sorteo de fs. 176, disponiendo que el Tribunal de apelación, sin espera de turno, ni dilación alguna, bajo responsabilidad, emita nuevo Auto de Vista, debiendo considerar y resolver los agravios formulados de manera expresa por la parte; así como, realizar una exposición sucinta de los hechos con el derecho que se pretende se reconozca.
Por Secretaría de Sala, cúmplase con lo previsto en el art. 17-IV de la Ley del Órgano Judicial, sin que implique la realización de proceso administrativo alguno.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.