Auto Supremo AS/0191/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0191/2020

Fecha: 09-Mar-2020

Alegan que se infringió los arts

Alegan que se infringió los arts. 115, 116 y 117 de la CPE, al no haber recibido la empresa la garantía del debido proceso, denunciando que no se le otorgó la importancia y relevancia a la carta de renuncia y su destinatario. Agregaron que se infringió el art. 180.I de la Norma Suprema, en lo que se refiere al principio de verdad material, el cual nos enseña, que a efectos de contar con mayores elementos de convicción, y sobre todo llegar a la verdad histórica de los hechos, el juzgador, apartándose de las formalidades legales puede y debe considerar y valorar la realidad material de los hechos que pudieron haber acontecido en determinado caso, no solo con prueba documental, sino con las testificales que no fueron analizadas por los de instancia