Para el caso de autos, de la revisión de los antecedentes procesales, podemos verificar que,
Para el caso de autos, de la revisión de los antecedentes procesales, podemos verificar que, la Sentencia 068/2017 cumplió a cabalidad con los requisitos que exige el Código Procesal del Trabajo, fundamentando de manera clara y objetiva la valoración de la prueba presentada y los hechos demostrados, que de acuerdo con su sana crítica motivaron el decisorio, evidenciándose:
1.2.1. Con relación a los incisos a, b y c) En cuanto a la relación laboral entre el actor y la empresa recurrente, cumple con las características establecidas en los arts. 1 del DS 23570 y 1 del DS 28699, ahora el convenio del Programa de Apoyo al Empleo de Adultos (PAE) corresponde a la ayuda para la reinserción laboral, siendo la empresa recurrente solicitante y beneficiada con un salario económico para cancelar parte del sueldo mensual a sus trabajadores (fs. 63 y 64)
1.2.1. Con relación a los incisos a, b y c) En cuanto a la relación laboral entre el actor y la empresa recurrente, cumple con las características establecidas en los arts. 1 del DS 23570 y 1 del DS 28699, ahora el convenio del Programa de Apoyo al Empleo de Adultos (PAE) corresponde a la ayuda para la reinserción laboral, siendo la empresa recurrente solicitante y beneficiada con un salario económico para cancelar parte del sueldo mensual a sus trabajadores (fs. 63 y 64)
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por el representante de la empresa MEDIFARM SRL, cursante
- Julio Felipe Arandia Ríos, en su escrito de fs
- Manifiesta que la empresa recurrente lo contrató con un sueldo Bs
- Luego se procedió a constituir la relación jurídico procesal, la apertura del término probatorio de
- Cumplidas las formalidades procesales, se emitió la Sentencia N° 068/2017 de 3 de noviembre, cursante
- A consecuencia de lo dispuesto, se establece que la parte demandada deberá pagar en favor
- I.2. Auto de Vista
- I.3 Motivos del recurso de casación
- Dentro el plazo previsto por ley, el representante MEDIFARM SRL, por escrito de fs
- II.1.1. Consideraciones previas
- Luego de revisados minuciosamente los antecedentes cursantes en el expediente, en cumplimiento del art
- En ese sentido, en cumplimiento de la Constitución Política del Estado que tiende a garantizar
- De tal manera dada la naturaleza y características propias del derecho del trabajo, los derechos
- Asimismo, dada la evidente desproporción de fuerzas entre el empleador y el trabajador; durante el
- II
- Es así que, bajo este principio, la autonomía de la voluntad carece de relevancia, prevaleciendo
- Principio, que bajo el establecimiento de la nueva visión de justicia que propugna el Estado
- 1.2. Argumentos de derecho y de hecho
- Precisadas las formalidades con las cuales se resolverá este recurso de casación, a continuación, corresponde
- Que, el proceso social precautela los derechos del trabajador, pudiendo acreditar las pruebas que creyere
- En consecuencia, de lo referido supra, se debe tener presente que, en un recurso de
- De igual manera, se debe considerar el principio de inversión de la prueba, púes el
- Para el caso de autos, de la revisión de los antecedentes procesales, podemos verificar que,
- Demostrando que, el actor estuvo bajo dependencia de la empresa recurrente, a fs
- Sobre éste particular, si bien es cierto que, siguiendo las conclusiones de la prueba, estas
- Con referencia a la calificación de la indemnización corresponde precisar que, siendo un derecho de
- En lo referido al pago del desahucio y duodécimas de aguinaldo, la causa de desvinculación
- 1
- Por los razonamientos expresados, se concluye que la decisión del Tribunal de alzada de confirmar
- Bajo estos parámetros se concluye que al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
