Auto Supremo AS/0208/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0208/2020

Fecha: 20-Mar-2020

Por lo relacionado se establece que este precepto dispone que el trabajador, para beneficiarse del

El subsidio de frontera, en el marco del art 12 del DS Nº 21137 de 30 de noviembre de 1985, (subsidio de frontera); señala: “Se sustituye los bonos de frontera, zona o región con un subsidio de frontera, cuyo monto será el veinte por ciento (20%) del salario mensual. Se beneficiarán con este subsidio, solamente los funcionarios y trabajadores del Sector Público cuyo lugar de trabajo se encuentra dentro de los cincuenta kilómetros lineales de las fronteras internacionales. Esta disposición regirá también para las empresas privadas”.
Por lo relacionado se establece que este precepto dispone que el trabajador, para beneficiarse del subsidio de frontera únicamente debe desempeñar sus funciones dentro de un área comprendida en los cincuenta kilómetros linéales de las fronteras internacionales. No cita o distingue sobre la particularidad del trabajo que deba desempeñar, ni se refiere al tipo de contrato que se firme para el efecto