Por último, aclara el demandando, que se hubiere negado a indemnizar al demandante por el
Por último, aclara el demandando, que se hubiere negado a indemnizar al demandante por el accidente de trabajo, dado que con el mismo nos hubimos reunido en reiteradas ocasiones con el fin de conciliar dichos pagos
- VISTOS: El recurso de nulidad y casación de fs
- José Manuel Huayguasi Pinaya, en su escrito de demanda de fs
- Lamentablemente en fecha 16 de diciembre de 2015, en plena jornada laboral, se le ordena
- Pidiendo en definitiva que se ordene al demandado, el pago de Bs
- Por providencia de fs
- La parte demandada, mediante memorial de fs
- Luego de haberlo conocido personalmente en el trabajo recién conversaron sobre las funciones que debería
- El demandante no era una persona constante en el trabajo, consiguientemente era una persona totalmente
- Respecto al trabajo riesgoso que indica haber realizado, aquello es totalmente falso, precisamente porque el
- Respecto a que se le ordeno trasladar una chancadora de un lugar a otro, aquello
- También es falso de que su persona como empleador, le habría manifestado lo siguiente: “te
- Respecto a la certificación emitida por el Dr
- Se debe aclarar que si bien el demandante, no es encontraba asegurado, era precisamente por
- Por último, aclara el demandando, que se hubiere negado a indemnizar al demandante por el
- Por lo que contesta de forma negativa a la demanda solicitando declarar probada en
- Cumplidas las formalidades procesales, se emitió la Sentencia Nº 148/2017 de 15 de septiembre, cursante
- I.2. Auto de Vista
- Contra esta decisión, el demandado presenta recurso de apelación mediante escrito de fs
- I
- II
- Consecuentemente, al no haberse demostrado el sueldo promedio indemnizable, así como no se demostró los
- 1.1. Consideraciones previas
- A su vez la Ley Nº 719 de 6 de agosto de 2015, dispuso que
- En ese entendido, y con el objeto de resolver el recurso supra señalado, se tiene
- Nótese que el recurso, simplemente indica que el ad quem, ha obrado contradictoriamente a los
- Si el Juez no pudiere practicar personalmente las pruebas, por razón del territorio, comisionará a
- Además de las pruebas ofrecidas por las partes, el Juez podrá ordenar la práctica de
- El juzgador debe, en cualquier momento, ordenar de oficio la repetición o perfeccionamiento de cualquier
- En el marco legal descrito, el Tribunal de Alzada se evidencia que no incurrió en
- Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
