Auto Supremo AS/0239/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0239/2020-RA

Fecha: 04-Mar-2020

Sobre el quinto motivo traído en casación, el recurrente sostiene que el Tribunal de alzada


Sobre el quinto motivo traído en casación, el recurrente sostiene que el Tribunal de alzada se limita a citar la primera parte del A.S. 113/2016 de 17 de febrero, como argumento respecto a la carga procesal que tiene el apelante, sin embargo cuestiona porqué se dejó de lado su tercer párrafo del referido precedente relativo al control de legalidad y logicidad; a su vez, señala que hubiera cumplido a cabalidad la identificación de las infracciones de la sana crítica contenidas en Sentencia, cuestionando que no fuera posible que se le condene por seis declaraciones de testigos que resultaron ser familiares, ratificándose en el punto VII de su apelación restringida referente a la valoración defectuosa de la prueba; advirtiéndose en este motivo que el recurrente omite invocar precedentes contradictorios y explicar la contradicción con los mismos, incumpliendo los requisitos de admisibilidad previstos en los arts. 416 y 417 del CPP; asimismo, nuevamente no identifica el supuesto agravio incurrido por el Tribunal de alzada, en lugar de ello realiza un comentario en sentido que no se transcribió de forma completa la doctrina legal del A.S. 113/2006, así como realiza una afirmación de que hubiera identificado las infracciones de la sana crítica, empero dichos alegatos no constituyen un agravio debidamente fundamentado en la que se advierta participación u omisión por parte del Tribunal de alzada, por lo que al no identificarse la vulneración de derechos o garantías constitucionales se declara este motivo en inadmisible, aun acudiendo a los criterios de flexibilización