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    Auto Supremo AS/0277/2020-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0277/2020-RRC

    Fecha: 18-Mar-2020

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    • Por memorial presentado el 10 de septiembre de 2019, cursante de fs
    • Contra la mencionada Sentencia, el imputado formuló recurso de apelación restringida (fs
    • I.1. Motivo del recurso de casación
    • Del recurso de casación interpuesto, conforme al mandato establecido por los arts
    • I.2. Petitorio
    • I.3. Admisión del recurso
    • Por Auto Supremo 947/2019-RA de 15 de octubre, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
    • II.2. Del Recurso de Apelación Restringida y su Resolución
    • Contra la sentencia, el recurrente Russell J
    • III.1. De los precedentes invocados
    • El recurrente para fundar su recurso de casación, invocó como primer precedente contradictorio el Auto Supremo
    • Impugnando el fallo de alzada, recurrieron de casación los imputados así como los querellantes; los
    • También invocó el Auto Supremo 424/2013 de 13 de septiembre, pronunciado dentro de un proceso
    • La exigencia de la debida motivación de las resoluciones judiciales asume aún mayor relevancia y
    • III.2. La debida fundamentación
    • Esta Sala en reiteradas oportunidades ha señalado que la Constitución Política del Estado (CPE), reconoce
    • Es así, que en consideración a la exigencia contenida en la Constitución Política del Estado
    • Estos requisitos de la fundamentación o motivación, deben ser tomados en cuenta por el Tribunal
    • Lo anterior significa, que sólo se estará ante una falta de fundamentación o motivación cuando
    • Conforme se precisara en el preámbulo del presente acápite, el reclamo casacional planteado por el
    • En ese sentido, tal como se refirió en los antecedentes relevantes del proceso (Acápite “II
    • “donde indica que inicio la demanda por que tenía problemas con el acusado por el
    • Además la tercera testigo señaló que si bien ella no vivió en esa época en
    • Con relación al art. 370 inc. 6) del CPP expresó el siguiente análisis
    • Además, a tiempo de hacer referencia a que en la sentencia concurre fundamentación probatoria descriptiva
    • Un segundo aspecto que es necesario precisar es que el recurrente a través de su
    • Ahora bien, el reclamo planteado por el recurrente no es evidente por cuanto en el
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • FDO
    • Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca

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