Auto Supremo AS/0277/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0277/2020-RRC

Fecha: 18-Mar-2020

En ese sentido, tal como se refirió en los antecedentes relevantes del proceso (Acápite “II


En ese sentido, tal como se refirió en los antecedentes relevantes del proceso (Acápite “II.1.  De la Sentencia”), el recurrente fue condenado por el delito de Violación; en cuyo mérito, se le impuso la pena de quince años de presidio, destacando en el fallo el siguiente análisis particular respecto a los elementos probatorios precisados por el recurrente en su recurso de casación, consistentes en los testigos Elizabeth Norma Estrada, Mirtha Irma Prieto y Marciana Gareca, respecto a los cuales el Tribunal de Sentencia, previa referencia al contenido de sus declaraciones, señaló que habrían incurrido en contradicciones entre ellas y con la propia declaración del imputado, denotando un manifiesto interés en favorecer por las siguientes razones:

“Elizabeth Norma Estrada Yarby es la esposa del encausado asimismo la testigo Mirta Irma Prieto Rodriguez y Marciana Gareca Gareca tienen grado de dependencia al ser empleadas o trabajadoras del encausado con una data de 3 a 5 años de antigüedad respectivamente, aspecto que el Tribunal ha advertido en juicio que estas pretenden favorecer al acusado al referir en audiencia antes sus manifestaciones de detalles oportunistas tratando de menoscabar el honor de la víctima, indicando que la misma charlaba con los choferes, que le metían mano, que le fueron a buscar en la noche dos chicos, al manifiesta también la testigo Irma Prieto que el acusado es como su padre, así también existen contradicciones entre los testigos al señalar que la víctima trabajo 2 meses y otros que trabajo 3 meses, sin embargo no refieren ningún aspecto sobre el hecho en concreto que pueda destruir la declaración de la víctima siendo incongruentes con la propia declaración del acusado quien refiere que la víctima a puesto la denuncia por qué no se canceló 200 bolivianos mas en el segundo mes y que todos sus empleadores les sube el sueldo a partir de 2do mes, e manera contradictoria con la testigo Mirta Irma Prieto Rodríguez quien gano 800 bolivianos desde el 2014 al 2017, ósea 4 años después que ingresaron a trabajar y no se le subió el sueldo al segundo mes como señala el acusado”