Auto Supremo AS/0277/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0277/2020-RRC

Fecha: 18-Mar-2020

Del recurso de casación interpuesto, conforme al mandato establecido por los arts


Del recurso de casación interpuesto, conforme al mandato establecido por los arts. 398 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y 17 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), se tiene el siguiente motivo:

El recurrente con relación a su tercer motivo de apelación restringida referido a la errónea aplicación de la Ley adjetiva previsto en el art. 370 inc. 6) del CPP, señala que el Auto de Vista no realizó una debida fundamentación; al respecto, transcribe el considerando I de la Sentencia de la cual señala que no tomó en cuenta las testificales de Elizabeth Norma Estrada, Mirtha Irma Prieto y Marciana Gareca que fueron coherentes y concretas; sino solamente de la prueba del Ministerio Público, este aspecto no hubiera sido valorado por el Tribunal de alzada, como tampoco el desistimiento y la retractación de la víctima; en consecuencia, se cuestiona para qué hubiera servido el relato fáctico, la fundamentación fáctica o relación de los hechos de la acusación si llegado el momento el Tribunal de Sentencia en su resolución se basó en el relato realizado por la víctima ante la psicóloga; sin que este acto se haya hecho como pericia psicológica, lo que no resulta coherente, siendo que todo el momento se defendió de los hechos expuestos en la acusación; al respecto, invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 724 de 16 de septiembre de 2004 y 424/2013 de 13 de septiembre