Auto Supremo AS/0295/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0295/2020-RRC

Fecha: 20-Mar-2020

“Realizadas las observaciones, el apelante en su memorial de 'Subsana Observaciones’, indica que la norma


“Realizadas las observaciones, el apelante en su memorial de 'Subsana Observaciones’, indica que la norma habilitante es el Art. 370 numeral 5) del CPP. Por otra parte, señala que las normas que considera hubieren sido violadas, serian el Art. 359 en su primer párrafo, Art. 365 y Art. 173 del CPP. Finalmente, siendo estas las normas que el apelante considera violadas, éste tenía que indicar concretamente y de manera fundamentada, la aplicación que pretende de estas normas. Debido a que, nuestro Sistema Procesal Penal…delinea la apelación restringida como un medio de impugnación de puro derecho…debido a esto, su interposición esté vinculada estrictamente a la inobservancia o errónea aplicación de las disposiciones normativas, expresando claramente la aplicación que se pretende