Auto Supremo AS/0299/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0299/2020-RRC

Fecha: 20-Mar-2020

Previamente corresponde puntualizar que la fundamentación de las Resoluciones implica el deber de explicar y


Sintetizada la denuncia, el recurrente reclama, que el Auto de Vista impugnado incumplió las recomendaciones del Auto Supremo 405/2018-RRC de 11 de junio (emitido en el caso de autos), pues el fallo impugnado bajo el subtítulo valoración de la prueba documental, concluyó que la prueba fue valorada correctamente en previsión del art. 124 del CPP, omitiendo contrastar tanto la prueba literal del imputado como la prueba de la víctima, y advertir la errónea apreciación de los certificados médicos. En cuanto a la prueba testifical, el Auto de Vista no se refiere a la declaración de sus testigos Eulogio Vásquez Mamani, Juan Carlos Montesinos y Héctor Arce, tampoco tomó en cuenta la declaración de Félix Vásquez.

Previamente corresponde puntualizar que la fundamentación de las Resoluciones implica el deber de explicar y justificar de forma lógica y con base en la Ley, las razones de la decisión asumida, siempre en apego al principio de congruencia que obliga a establecer una correlación total entre la pretensión de quien recurre y la decisión de la autoridad jurisdiccional, lo que implica que los Tribunales de alzada ha momento de emitir sus Resoluciones, deben abocarse a responder de manera fundamentada a todos los puntos reclamados, en concordancia a lo solicitado, (principio tantum devolutum quantum apellatum), lo contrario vulnera el derecho al debido proceso en su componente fundamentación de las resoluciones judiciales, que incumple las exigencias de lo previsto por los arts. 398 y 124 del CPP