Auto Supremo AS/0341/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0341/2020

Fecha: 09-Mar-2020

Argumenta que, el Auto de Vista de 28 de junio de 2019, hizo una incorrecta

Consecuentemente, pide la nulidad del Auto de Vista de fs. 232 a 233 y vta., por no haberse pronunciado sobre los cuatro agravios sufridos, y que fueron oportunamente impugnados mediante el recurso de apelación, ajustándose a lo previsto por el art. 17 parágrafo II y III de la Ley del Órgano Judicial concordante con el art. 271 inc. 3) del CPC; a los fines de que se dicte nuevo auto de vista resolviendo todos los agravios expresados en nuestro referido recurso de apelación.
En el fondo. –
Argumenta que, el Auto de Vista de 28 de junio de 2019, hizo una incorrecta interpretación del art. 202 del CPT., a pesar de que en la resolución de primera instancia no se procedió a la valoración de los medios de prueba, de tal manera que el tribunal de apelación pretende simular la omisión de la valoración de la referida prueba alegando que dicha normativa ha sido cumplida en todos los párrafos de la parte considerativa, no obstante, del análisis minucioso de la parte considerativa de la sentencia, se puede constatar que al momento de procederse a la relación de los hechos comprobados, no se mencionaron ni mucho menos se procedió a ninguna valoración expresa, puesto que una sentencia debe determinar la efectividad y pertinencia de las pruebas aportadas en el presente proceso, a los fines de que se constituya en un análisis imparcial, tal como lo exige el Auto Supremo N° 144 del 21 de abril de 2003, “Toda sentencia debe contener decisiones expresas, positivas, precisas…”