Igualmente, el art
Igualmente, el art. 155 del CPT; refiere claramente a la potestad del Juez para el esclarecimiento de los hechos, considerando que la determinación del Auto de Vista de 28 de junio de 2019, simplemente se basó en hechos ficticios que no concuerdan con el contexto real de los hechos, los mismos que no fueron desvirtuados por el empleador con el contexto real de los hechos
- Magistrado Relator:Dr. Ricardo Torres Echalar
- . 1. Antecedentes del proceso
- Que, tramitado el proceso laboral, la Juez Tercero de Partido y Seguridad Social, emitió la
- En grado de apelación deducida por Sixto Chavarría Ortiz, de fs
- II. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- El mencionado auto de vista, motivó al demandante a interponer el recurso de casación en
- En ese entendido el demandante en amparo del art
- Igualmente, el art
- El objeto de la prueba debe ser entendido como aquello que es susceptible de demostración
- Agravio contra el pago de las horas extras
- Agravio contra el incremento salarial
- De igual forma la Juez de primera instancia se basa en documentos que carecen de
- Consecuentemente, se evidencia que el Auto de Vista de 28 de junio de 2019, ha
- Por lo mencionado, argumenta que el auto de vista recurrido no menciona ni mucho menos
- Argumenta que, el Auto de Vista de 28 de junio de 2019, hizo una incorrecta
- Petitorio
- III.1. - Fundamentos jurídicos del fallo
- En el marco legal descrito, el tribunal de alzada no incurrió en trasgresión, violación o
- Con lo que se llega a la conclusión que, El Tribunal de Apelación solo se
- Sobre la valoración de las pruebas, el recurrente acusó, que el auto de vista violó
- En cuanto a las horas extras, de los antecedentes del proceso a fs
- Resolviendo el Recurso de casación en el fondo
- En torno a la apreciación y valoración de la prueba, el Código Procesal del Trabajo
- Con costas
- Magistrado Relator: Ricardo Torres Echalar.
