Auto Supremo AS/0375/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0375/2020

Fecha: 09-Mar-2020

Por las consideraciones antes mencionadas se tiene que el Tribunal de Alzada al no pronunciarse

Por las consideraciones antes mencionadas se tiene que el Tribunal de Alzada al no pronunciarse sobre todos los puntos apelados y al no haber fundamentado y motivado debidamente su resolución, vulneró una norma de orden público y de cumplimiento obligatorio, la cual acarrea la nulidad de obrados e impide que la competencia del Tribunal Supremo de Justicia se abra