Auto Supremo AS/0375/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0375/2020

Fecha: 09-Mar-2020

Sobre la indebida valoración de la prueba, se acusa tanto al Juez A quo como

Sobre la indebida valoración de la prueba, se acusa tanto al Juez A quo como el tribunal de alzada, ya que de manera muy suelta e irresponsable mencionan… que por no asegurar al demandante al seguro social a corto plazo, es que se aplica lo dispuesto en el art. 91 del D.R., como si fuera una incapacidad temporal y determinado un pago del 13% cuando en ninguna parte del proceso se determinó que grado de incapacidad se tenía, ni menos aún existe un informe médico legal. El hecho que el juzgador no se halle sujeto a la tarifa legal de acuerdo al art. 158 del CPT, eso no le da el derecho que se pueda fallar arbitrariamente, sino mediante un sistema valorativo de persuasión racional como aprehensión o juicio que se forma en virtud de un fundamento y sólo con base a esta certeza se determina los hechos probados, valorando en su conjunto y en su contexto las pruebas que se produzcan en el proceso