Respecto al porcentaje determinado por incapacidad del 13%, de la revisión de las pruebas ofrecidas
Respecto al porcentaje determinado por incapacidad del 13%, de la revisión de las pruebas ofrecidas las mismas que cursan en los antecedentes del proceso, se evidenció que a raíz de un accidente sufrido por el demandante en el cual sufrió un trauma en la mano izquierda del que resultó con la amputación traumática y parcial del dedo meñique, el cual tuvo como resultado un daño parcial y permanente, de acuerdo a las pruebas aportadas como ser, Certificado Médico del Hospital Municipal de San Ignacio de Velasco, el mismo que fue refrendado de acuerdo a lo que establece el art. 91 del Decreto Reglamentario de la LGT., establece que: “Son incapacidades parciales y permanentes las que determinan una disminución parcial pero definitiva, de la capacidad de trabajo… entre ellas se encuentra el Meñique que se especifica con el 13% aplicable a la incapacidad determinada”
- I. 1. Antecedentes del proceso
- Que, tramitado el proceso laboral, la Juez Tercero de Partido y Seguridad Social, emitió la
- En grado de apelación deducida por Donald Octavio Mayser Gómez, en representación de la parte
- II. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- El mencionado auto de vista, motivó al demandado a interponer el recurso de casación en
- Al respecto, correspondía al tribunal de apelación otorgar una respuesta a las partes con una
- Toda resolución para ser considerada motivada debe apreciar las pruebas y determinar las normas legales
- Por las consideraciones antes mencionadas se tiene que el Tribunal de Alzada al no pronunciarse
- Con relación a la violación del art
- De la misma manera no existe prueba alguna de que el trabajador fue despedido por
- En segundo lugar, aplica como sanción el pago de 18 meses de salario por dicha
- Considerando estos puntos, podemos decir que para considerar y/o determinar una incapacidad, esta debe necesariamente
- Sobre la indebida valoración de la prueba, se acusa tanto al Juez A quo como
- Petitorio
- III.1. - Fundamentos jurídicos del fallo
- Resolviendo el Recurso de casación en el fondo
- El art
- Respecto al porcentaje determinado por incapacidad del 13%, de la revisión de las pruebas ofrecidas
- Con costas
- Se regula honorarios profesionales en el monto de Bs. 1.000
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Egüez Añez.
