Auto Supremo AS/0295/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0295/2020

Fecha: 09-Jul-2020

En consecuencia no se constata la existencia del error de hecho acusado por el

En consecuencia no se constata la existencia del error de hecho acusado por el recurrente, más aun cuando debe demostrar que el juzgador se equivocó al apreciar las pruebas abandonándolas a la sana crítica, incurriendo en error de hecho, cuando el fallo recurrido considera erradamente probado un hecho y la equivocación está demostrada con un documento auténtico, aspectos que no fueron identificados en el proceso, por lo que de ninguna manera se puede decir que la imputación formal, fue la causa del despido del trabajador, estando demostrado que hubo despido indirecto, producto del impago de 2 meses y 21 días de salario, correspondiendo en consecuencia el pago del desahucio, correctamente fijado por el Tribunal A quo y confirmado por el Tribunal Ad quem