Auto Supremo AS/0296/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0296/2020

Fecha: 09-Jul-2020

Por lo compulsado y si bien el art

Por lo compulsado y si bien el art. 13 de la Ley General del Trabajo señala que la indemnización será cancelada por el tiempo de servicios, descontando los primeros 3 meses que constituyen el periodo de prueba, no es menos evidente, como ya se explicó en los párrafos precedentes, que tanto la Constitución Política del Estado, como el DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, hacen mención a los derechos fundamentales del trabajador, así como al principio protector a favor del trabajador, debiendo aplicarse en consecuencia la norma fundamental, con preferencia a cualquier otra norma, de acuerdo a los términos descritos, los cuales refieren claramente como normativa aplicable el DS Nº 110 de 01-05-2009, que dejó de lado la aplicación del contenido del referido artículo 13 de la LGT., cuando menciona que para el pago de la indemnización, no se deben tomar en cuenta los primeros 3 meses, porque constituye un periodo de prueba