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    Auto Supremo AS/0298/2020
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0298/2020

    Fecha: 27-Jul-2020

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • El Juez Segundo de Trabajo y Seguridad Social de Bermejo, emitió la Sentencia de 5
    • Auto de Vista
    • En conocimiento de la Sentencia, el representante de IABSA, interpuso recurso de apelación de fs
    • II. RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN
    • Contra el indicado Auto de Vista, Rilber Solís Terrazas, Juan Pablo Cabezas Gallo y Valeria
    • Petitorio
    • Contestación
    • Admisión del recurso de casación
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • El derecho laboral del aguinaldo, en nuestra legislación
    • El derecho al aguinaldo, es considerado un sueldo anual complementario, que todo patrono, ya sea
    • Derecho adquirido que, no se puede perder ni siquiera incurriendo en cualquiera de las causales
    • El pago de este derecho, está regulado por la Ley de 18 de diciembre de
    • Precepto ampliado tres años después por su efectividad, por la Ley de 11 de junio
    • Asimismo, la Ley de 18 de diciembre de 1944, en su art
    • Mediante la Ley de 22 de noviembre de 1950, el reconocimiento de este derecho fue
    • También, se encuentra prohibido retener o compensar monto alguno por concepto de aguinaldo, que debe
    • Análisis del caso concreto
    • El reclamo efectuado en el recurso, está centrado en que los de instancia aplicaron indebidamente
    • Conforme a la doctrina y legislación precedentemente señalada, el aguinaldo es un derecho laboral, que
    • En ese entendido, los de instancia dispusieron, respecto del aguinaldo, un reintegro a partir de
    • En autos, se establece una nivelación salarial, disponiendo el reintegro de los conceptos adheridos o
    • En ese orden de ideas, sobre el aguinaldo de los meses de enero, febrero y
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
    • Se llama la atención a los integrantes del Tribunal de alzada, porque se advirtió que
    • Sin costas. Sin multa, por ser excusable
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase. -

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