Auto Supremo AS/0298/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0298/2020

Fecha: 27-Jul-2020

En ese orden de ideas, sobre el aguinaldo de los meses de enero, febrero y

En ese orden de ideas, sobre el aguinaldo de los meses de enero, febrero y marzo de 2014, debe tomarse en cuenta para su pago el reintegro acorde al salario establecido en favor del demandante; pero no se impone la sanción de pago doble por estos tres meses; que si bien, en la emisión de este fallo, ya transcurrió el tiempo que la empresa tenía para efectivizar el pago de este concepto, cuando se emitió la Sentencia no era posible determinar el cumplimiento oportuno del pago respecto de este derecho laboral, correspondiente a la gestión 2014