Auto Supremo AS/0298/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0298/2020

Fecha: 27-Jul-2020

POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de

En mérito a lo expuesto y encontrándose fundado el motivo traído en casación, sobre la sanción erróneamente determinada de pago doble de aguilando a los meses de enero a marzo de 2014; corresponde dar aplicación al art. 220-II del CPC-2013, aplicable en la materia por expresa determinación del art. 252 del CPT.
POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184-1 de la Constitución Política del Estado y 42-I-1 de la Ley del Órgano Judicial, CASA en parte, el Auto de Vista N° 190/2019 de 31 de diciembre, emitido por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, de fs. 144 a 150; en consecuencia, de la liquidación efectuada en la Sentencia de 5 de junio de 2014, de fs. 102 a 106, debe suprimirse la sanción de pago doble del aguilando, por los meses de enero, febrero y marzo de 2014, manteniéndose incólume en todo lo demás