Tiempo de trabajo: 9 años, 1 mes y 1 día
María Elena Baldelomar Leaños, en su escrito de fs. 2 a 4, subsanada de fs. 7 a 9, manifiesta que ingresó a trabajar al Gimnasio de Fisiculturismo “ALEMANA GYM”, el 14 de julio de 2005, en calidad de instructora de spinning, desempeñando sus funciones de lunes a viernes, en los horarios de 18:00 a 20:00 pm, con un sueldo de Bs.1.440, siendo retirada de su fuente laboral, sin razón alguna, el 15 de agosto de 2014, es decir que trabajo en forma ininterrumpida, por 9 años, 1 mes y 1 día.
A mérito de estos antecedentes, demandó a Ruth Nela Rodríguez Valdez y Susan Yenis Gutiérrez Rodríguez, en calidad de propietarias del Gimnasio de Fisiculturismo “ALEMANÍA GYM”, el pago de derechos y beneficios sociales, los cuales alcanzan a un monto total de Bs.120.691, que son consecuencia de la siguiente liquidación:
Tiempo de trabajo: 9 años, 1 mes y 1 día
A mérito de estos antecedentes, demandó a Ruth Nela Rodríguez Valdez y Susan Yenis Gutiérrez Rodríguez, en calidad de propietarias del Gimnasio de Fisiculturismo “ALEMANÍA GYM”, el pago de derechos y beneficios sociales, los cuales alcanzan a un monto total de Bs.120.691, que son consecuencia de la siguiente liquidación:
Tiempo de trabajo: 9 años, 1 mes y 1 día
- VISTOS: El recurso de casación, interpuesto por el Gimnasio de Fisiculturismo “ALEMANA GYM”, mediante su
- Tiempo de trabajo: 9 años, 1 mes y 1 día
- Salario mínimo nacional: Bs.1.440
- La codemandada Ruth Nela Rodríguez Valdez, por escrito de fs
- I.2. Auto de Vista
- Tiempo de servicio: 8 años, 6 meses, 15 días
- I.3 Motivos del recurso de casación
- 3
- En el memorial que subsana la demanda laboral, cursante a fs
- El referido medio extraordinario de impugnación es contestado, por escrito de fs
- 1.1. Consideraciones previas
- Respecto a la valoración de la prueba en materia laboral, no se activa el principio
- En relación a este punto en concreto, debemos tener presente que el profesor Enrique Lino
- En materia laboral, en correspondencia con el principio de legalidad y seguridad jurídica, corresponde tener
- Sin embargo es pertinente puntualizar que en relación a las horas de trabajo que realizó
- Esta situación es resuelta a momento de valorar la confesión provocada de la demandante, la
- -La argumentación probatoria, es una herramienta que permite a toda autoridad judicial, explicar en forma
- En ejecución de sentencia, la autoridad judicial a quo deberá realizar la respectiva liquidación con
- Magistrado Relator: Ricardo Torres Echalar.
