Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0330/2020
Fecha: 27-Jul-2020
Auto de vista
Auto de vista
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I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
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Planteada la demanda social de beneficios sociales seguido por María del Carmen Coca Delgadillo y
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Auto de vista
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Interpuesto el recurso de apelación de fs
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Contra el Auto de Vista, la entidad demandada, interpuso recurso de casación, alegando
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Estableciéndose que la relación laboral se encuentra sujeta a lo dispuesto por el art
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Segundo
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Al margen que la inversión de la prueba tampoco fue solicitada por la parte actora
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Cuarto
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Petitorio
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En tal sentido pidió se case el Auto de Vista N° 32/2019 y la Sentencia
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Contestación al recurso
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La actora, contestó el recurso, alegando
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En lo concerniente a la supuesta ausencia de sueldo indemnizable, el Auto de Vista recurrido,
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Respecto a que el tiempo de servicios no estaría establecido, el referido Auto de Vista,
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En tal sentido pidió se declare INFUNDADO el recurso planteado
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III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
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En ese entendido, corresponde al recurso de casación fundamentar sus argumentos a efectos de invalidar
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En ese contexto la SCP No
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Sobre el primer punto, que no se habría tomado en cuenta la carta de fs
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Debe entenderse que esta carta por sí sola, demuestra una relación laboral existente; puesto que
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Por otro lado, la documental de fs
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Sobre el punto dos, relativo a que no existiría prueba que haga conocer la fecha
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Sobre el punto cuarto, en el que se alegó que el Tribunal de alzada
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Por otra parte, atinge a los cuatro puntos argumentados la aplicación del art
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De lo reseñado se advierte que, dentro del proceso laboral, el juzgador posee plena libertad
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En la especie, de los antecedentes, se tiene que existió una relación laboral típica, con
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Finalmente se debe precisar que la entidad recurrente, persigue una nueva valoración y compulsa de
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Esta disposición citada, expresa que deberán cumplirse dos condiciones; es decir, que deberá demostrarse el
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Por lo referido, se evidencia que el Auto de Vista se ajusta a derecho, no
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POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contencioso Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
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Se regula el honorario del abogado patrocinante en Bs
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Regístrese, notifíquese y devuélvase.
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