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    Auto Supremo AS/0363/2020-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0363/2020-RRC

    Fecha: 28-Jul-2020

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial de casación presentado el 30 de diciembre de 2019, cursante de fs
    • I.1 Antecedentes
    • Por Sentencia 11/2018 de 16 de abril (fs
    • La recurrente reclama que el Tribunal de alzada inobservó el art
    • Por otra parte reclama la recurrente, que el Auto de Vista impugnado violó el art
    • La recurrente solicita se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado, determinando que el
    • I.2. Admisión del recurso
    • II.1.De la Sentencia
    • Por Sentencia 11/2018 de 16 de abril, el Tribunal de Sentencia Quinto del Tribunal Departamental
    • Por el informe de 19 de febrero de 2015, ofrecido como MP-1, se informa el
    • Por el Testimonio 2940/96 de compra venta de un lote de terreno de 26 de
    • Por el informe documentológico de 19 de mayo de 2000, del testimonio 32/96 de 14
    • Que los esposos Cornelio Huanca Quelca y Casimira Huanca de Huanca, con pleno conocimiento de
    • En mérito a los antecedentes expuestos, el acusador particular Manuel Quispe Apaza inicia proceso penal
    • El Uso de Instrumento Falsificado y el perjuicio ocasionado a la víctima; por cuanto, los
    • II.2. Del recurso de apelación restringida del imputado
    • Notificado con la Sentencia, Maximiliano Huanca Huanca, formuló recurso de apelación restringida, bajo los siguientes
    • En el referido considerando, la Sentencia menciona que su persona se apersonó adjuntando testimonio de
    • La Sentencia en el acápite Fundamentación jurídica y doctrinal, en el primer considerando señala “Proceso
    • Incurriendo también la Sentencia en el defecto del art
    • II.3.Del decreto de 3 de diciembre de 2018
    • Remitidos los antecedentes del proceso a la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia
    • II.4.Del memorial de subsanación del recurso de apelación restringida
    • II.5.Del Auto de Vista impugnado
    • La Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz a través del
    • En el presente caso, este Tribunal ante la concurrencia de los presupuestos de flexibilización admitió
    • III.1. El debido proceso en su elemento fundamentación de las resoluciones
    • También, este Tribunal en forma continua y coherente, ha manifestado que las resoluciones emitidas por
    • Es así, que en consideración a la exigencia contenida en la Constitución Política del Estado
    • Asimismo, para una fundamentación o motivación no se precisa que esta sea extensa o redundante
    • De donde se establece, que la fundamentación de las Resoluciones implica el deber de explicar
    • III
    • El sistema de valoración de la sana crítica, se encuentra establecido en el art
    • Ante la denuncia de errónea valoración de la prueba por la incorrecta aplicación de las
    • Al respecto el Auto Supremo 214 de 28 de marzo de 2007, señala: “El Tribunal
    • Ante la invocación de la violación de las reglas de la sana crítica el Tribunal
    • El recurso basado en errónea apreciación de la prueba, tiene por finalidad examinar la sentencia
    • Resulta deficiente el planteamiento cuando el recurso discurre en torno a las propias apreciaciones del
    • Para demostrar la violación a las reglas de la sana crítica es preciso que la
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • III.3.1. Respecto a la denuncia de parcialización y carencia de fundamentación del Auto de Vista
    • El recurrente reclama que el Auto de Vista impugnado de forma parcializada y carente de
    • Ingresando al análisis del presente motivo, resulta necesario destacar conforme se precisó en los antecedentes
    • Añadió el imputado en apelación que todo lo mencionado la Sentencia también se basa en
    • La recurrente alega que el Auto de Vista impugnado incumplió su deber de control de
    • Añadió el Auto de Vista impugnado, que la Sentencia en el numeral III bajo el
    • Continuando con los fundamentos del Auto de Vista impugnado, se evidencia que el Tribunal de
    • Afirmó el Auto de Vista que el análisis intelectivo de la prueba, era completamente defectuosa,
    • Argumentos que esta Sala Penal asume que resultan coherentes y en relación a los datos
    • Ahora bien, la recurrente alega que el Auto de Vista impugnado no observó que la
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase.

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