Como se ha señalado el Tribunal de apelación debe resolver el recurso de apelación restringida
Analizado el Auto de Vista impugnado, se tiene que entre los agravios resueltos esta la denuncia de los acusadores particulares sobre el defecto de inobservancia y errónea aplicación de la ley y contradicción entre la parte considerativa y dispositiva de la sentencia, reclamando en lo sustancial que la sentencia no consideró la falta de cuidado del acusado, hoy recurrente, debido a que el taller donde ocurrieron los hechos era un garaje pequeño, sin ventilación que no contaba de medidas de seguridad laboral, y que no había protección para desarrollar las actividades, en desmedro del menor víctima. Se demostró la comisión del delito de Lesiones Graves porque el acusado manejaba un soplete cuando el menor lavaba los alternadores con gasolina, sabiendo el riesgo que ello conllevaba, además que el acusado no contaba con la edad laboral. En síntesis, no se valoraron los elementos de prueba.
El Tribunal de apelación, al respecto, se limitó a afirmar que en la fundamentación probatoria e intelectiva de la sentencia no se tienen los contenidos extrañados por los recurrentes, no se evidenció una labor de fundamentación de la pena ni una labor en la que el juzgador de certeza a los apelantes por qué no existe “objetivación respecto al oprobio”; que si bien la sentencia hace referencia al principio de proporcionalidad no explica porque no aplica el art. 270 incs. 1, 2 y 5 del CP. Afirma también que la falta de fundamentación es visible puesto que el Tribunal de sentencia estableció la existencia de las quemaduras del menor, no se tuvo en cuenta la gravedad del hecho para la fijación de la pena ni se fundamentó el dolo.
Como se ha señalado el Tribunal de apelación debe resolver el recurso de apelación restringida con la debida motivación dando respuesta a los reclamos y observando el derecho a la igualdad y el debido proceso, lo que conlleva a que debe darse respuesta no necesariamente en un apartado especial de la estructura del fallo de alzada, también a la defensa que realiza el acusado a tiempo de contestar el recurso de apelación restringida interpuesto, respecto a una sentencia que asume como correcta, por ello la exigencia desde la doctrina de que el fallo sea completo, aspecto que en el caso no fue observado
- Por memorial presentado el 7 de enero de 2020, de fs
- Por Sentencia 21/2017 de 5 de septiembre, de fs
- Contra la mencionada Sentencia, Felipe Condori Llanos y Agustina Mayoral Quentasi, por memorial de fs
- Previo apunte de los hechos determinados en Sentencia, y enfatizar que en la misma se
- Añade que, el delito de Lesiones Gravísimas es un delito doloso, habiendo el Tribunal de
- Considera una fundamentación arbitraria el hecho que los de apelación observasen que la Sentencia no
- El Tribunal de apelación, no controló la motivación sobre la aplicación de la ley sustantiva
- Solicitó que previa valoración de antecedentes “case el Auto de Vista 33/2019 de 23 de
- El Tribunal de Sentencia N° 1 de la Capital del departamento de Potosí, el 5
- “Séptimo: …, hasta ese momento no existía entre ellos manifestaciones de odio, como tampoco animadversión
- “Octavo: Ninguna de las pruebas ha demostrado el dolo como elemento subjetivo constitutivo del delito,
- Los acusadores particulares Felipe Condori Llanos y Agustina Mayoral Quentasi formularon recurso de apelación restringida,
- “Que de acuerdo a esa fundamentación fuera de lugar y fuera de la realidad es
- “Pero contrariamente procede a dictar una sentencia lo más favorable al acusado, enunciado que no
- El imputado Pablo Colmenares dio respuesta al recurso de apelación restringida interpuesto por los acusadores
- En conocimiento de la acción recursiva la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia
- “Al respecto se tiene que este defecto de sentencia se produce, cuando se aplica una
- Afirma el recurrente que el Auto de Vista 33/2019 de 23 de agosto, pronunciado por
- Un precedente contradictorio entendido como herramienta a través de la cual este Tribunal ejerce su
- Entonces el hecho similar debe ser identificado en los fundamentos jurídicos del fallo en los
- Sobre el particular, la jurisprudencia de este Tribunal Supremo ha estimado cuál el ámbito procesal
- III.2. Precedente contradictorio invocado en el caso
- El Auto Supremo 287 de 8 de octubre de 2013, fue pronunciado por la Sala
- Es obligación del Tribunal de Apelación, efectuar adecuada motivación en las resoluciones que pronuncie cumpliendo
- Bajo el paraguas de falta de fundamentación el recurrente cuestiona el Auto de Vista acusándolo
- Tomando como punto de partida el Diccionario de la lengua española de la RAE, argumentación
- Al respecto, esta sala ha reiterado de manera permanente que la fundamentación y motivación de
- En el caso, el recurrente considera que el Auto de Vista impugnado no está debidamente
- Como se ha señalado el Tribunal de apelación debe resolver el recurso de apelación restringida
- Por otra parte, la resolución de apelación debe ser clara, lógica y razonable, situación que
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
