Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0367/2020-RRC
Fecha: 28-Jul-2020
I.1.2. Petitorio
I.1.2. Petitorio
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Por memorial presentado el 17 de enero de 2020, Germán Torres Ugarte, de fs
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I.1. Antecedentes
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Por Sentencia 14/2018 de 23 de noviembre (fs
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Contra la mencionada Sentencia, el acusado Germán Torres Ugarte, formuló recurso de apelación restringida (fs
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I.1.1. Motivo del recurso de casación
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Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo 150/2020-RA de 6 de febrero,
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Acusa defecto absoluto por violación del principio de tutela judicial efectiva, garantía del debido proceso,
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Por los aspectos mencionados, señala que la declaratoria de inadmisibilidad dispuesta por el Auto de
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Por lo señalado, refiere que el argumento del Auto de Vista no se da pie
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I.1.2. Petitorio
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El recurrente solicitó se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado y se ordene
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I.2. Admisión del recurso
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Mediante Auto Supremo 150/2020-RA de 6 de febrero, este Tribunal admitió el recurso de casación
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De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, como actuaciones vinculadas a resolver
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Denunció la falta de fundamentación de la Sentencia previsto en el art
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II.2. Del memorial a la subsanación al recurso de apelación restringida
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Ahora bien, conforme a la problemática planteada y delimitada en el Auto de Admisión, el
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La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, declaró inadmisible el recurso
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En el presente caso el imputado Germán Torres Ugarte, denuncia defecto absoluto por violación de
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III.1. Del derecho al debido proceso
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La jurisprudencia establecida por el Tribunal Supremo de Justicia respecto al debido proceso ha señalado
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Por otra parte, el debido proceso reconocido en la Constitución Política del Estado, en su
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III.2. Del recurso de apelación restringida, el análisis y control de admisibilidad
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El Auto Supremo 098/2013-RRC emitido por la Sala Penal Segunda, respecto al recurso de apelación
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De manera particular, por previsión expresa del art
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Conforme señalan los arts
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Por otra parte, si bien es cierto, que el recurrente tiene derecho de ofrecer prueba
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De las previsiones legales referidas, se puede establecer que en la legislación penal boliviana el
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En ese ámbito, la jurisprudencia ha determinado criterios en cuanto a los requisitos de forma
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En cuyo caso, si transcurridos los tres días, el recurrente no subsana el recurso conforme
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Por otra parte el citado fallo al hacer referencia a la previsión legal sobre el
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Sin embargo, la admisibilidad del recurso no puede depender de requisitos contrarios a la Constitución,
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Además, hizo referencia al control de admisibilidad precisando que: “Compete a los Tribunales Departamentales de
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Incluso después de la corrección efectuada por la parte recurrente, el Tribunal de apelación no
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En ese ámbito, a los efectos de la valoración del cumplimento de los requisitos de
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a
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b
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III.3. Análisis del caso concreto
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Como motivo de casación, acusa defecto absoluto por violación de los principios de tutela judicial
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En vista del memorial de subsanación, el Tribunal de alzada emitió el decreto de 07
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Similar entendimiento cabe observar con relación a la denuncia de defecto absoluto con base al
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En cuanto al segundo motivo del recurso de apelación restringida, el recurrente denunció la defectuosa
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En consecuencia, la decisión de rechazo del recurso de apelación restringida del motivo segundo, relativo
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Por lo expuesto, corresponde dejar sin efecto el Auto de Vista impugnado, a efecto de
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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A los efectos de lo previsto por el art
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En aplicación del art
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Regístrese, hágase saber y cúmplase.
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