Auto Supremo AS/0401/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0401/2020-RRC

Fecha: 28-Jul-2020

Asimismo, en el marco de lo dispuesto por el art


Asimismo, en el marco de lo dispuesto por el art. 370 inc. 6) del CPP, refiere la valoración defectuosa de la prueba, en relación a la historia médica donde se extrae la prueba documental 25 referente al informe médico forense que señala que el menor en accidente de tránsito sufre Trauma torácico y abdominal, que con el paso de las horas se convierte en Abdomen Agudo Quirúrgico; sin embargo, los jueces señalaron no conocer si de habérsele detectado oportunamente su dolencia, entre el inicio de sus síntomas hasta su fallecimiento, fue tiempo para que los galenos detecten signos o síntomas que presentaba el menor; así como la prueba Nº 25 que constata la ausencia del cirujano pediátrico y por ende la tardanza en la atención especializada en horas previas al deceso; así como las microperforaciones existentes establecidas en la autopsia, que no fueron atendidas por negligencia en la atención médica de los galenos acusados. Señalando finalmente defecto en la Sentencia, por contradicción entre su parte considerativa y dispositiva, conforme al art. 370 inc. 8) del CPP