Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0433/2020
Fecha: 22-Jul-2020
I.2. Auto de Vista
I.2. Auto de Vista
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Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
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VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo interpuesto por Francia
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Francia Elizabeth Velásquez Suárez, en su escrito de demanda de fs
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Sin embargo, fue inducida en error con el objeto de menoscabar sus derechos laborales ,
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Por Auto N° 108/25 de 9 de noviembre, de fs
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La parte demandada, mediante memorial de fs
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Por otro lado, el art
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Por lo expuesto, opone excepción sobre los siguientes conceptos demandados
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Reintegros de los salarios de los periodos reclamados anteriores al año 2009
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Reintegro de pago de vacaciones de los periodos reclamados anteriores al año 2009
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Reintegro de aguinaldo de los periodos reclamados anteriores al año 2009
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En aplicación de los ats
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Reintegro del pago de bono de antigüedad, prueba 12
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Reintegro de vacaciones, pruebas 13, 19 y 20
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Contesta de forma negativa con los siguientes argumentos
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El salario promedio indemnizable de la trabajadora fue de Bs
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Siendo que no existe obligación de COTAS de pagar a favor de la demandante un
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Menciona que todos los conceptos demandados, son infundados; es decir que, la reliquidación de
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De la misma forma no corresponde el pago de prima vacacional y reconocimiento por
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La demandante indica que COTAS, se comprometió a pagar 15 sueldos adicionales y que solo
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De la misma forma no corresponde el pago de incremento salarial, dado que tanto la
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No corresponde la reliquidación por concepto de vacaciones, ni de aguinaldos, siendo que, por medio
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En igual sentido que el pago de incrementos salariales, por el cargo que ocupaba la
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No corresponde el pago de la multa del 30% por incumplimiento pago de beneficios
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Solicitando en definitiva se declaren probadas las excepciones opuestas, e improbada la demanda. Con costas
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Cumplidas las formalidades procesales, se emitió la Sentencia Nº 83 de 4 de diciembre
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I.2. Auto de Vista
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PRIMERO
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c) Es sabido que, a efecto de poder cobrar la indemnización por tiempo de servicios,
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SEGUNDO
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TERCERO
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Siendo que el A
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CUARTO
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PRIMERO. – Error de hecho en la apreciación de la prueba
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a) De Fs
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b) De fs
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c) De fs
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d) De fs
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SEGUNDO
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TERCERO
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Corrida en traslado, la parte demandada no contesta al recurso
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II.1.1. Consideraciones previas
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Encontrándose así formulado el recurso de casación tanto en la forma como en el fondo,
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Conforme estas disposiciones se puede colegir que el recurso de casación tiene como finalidad la
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El art
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El derecho al trabajo tiene características particulares que hace que se diferencie de otras ramas
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En esa concepción, la Constitución Política del Estado a partir del art
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Ahora bien, para resolver el recurso de casación en la forma y en el fondo,
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También es necesario precisar que en materia laboral es manifiesta la desigualdad existente entre el
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Asimismo, de acuerdo a esta normativa, la cual establece el principio de inversión de la
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La jurisprudencia constitucional en su SCP 177/2012 de 14 de mayo, ha desarrollado el marco constitucional
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II.1.2. Argumentos de derecho y, de hecho
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Precisadas las formalidades con las cuales se resolverá este recurso de casación, a continuación, corresponde
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Al respecto, el tema de la valoración de la prueba busca una respuesta a la
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En relación con este punto, el legislador no ha dejado dudas sobre el sistema de
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Al respecto, la exposición de motivos de la norma antes citada, ha establecido que el
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No obstante, aunque la interpretación literal de norma citada ut supra parece muy sencilla, no
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Ciertamente, conforme al sistema de la sana crítica, el juez tiene la libertad para apreciar
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Desde este punto de vista, es importante tomar en cuenta que el juez u operador
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Es por ello, que resulta de un todo importante e interesante, no sólo determinar la
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En este sentido, y tomando la integración de los elementos o aspectos que se manifiestan
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Al respecto, el artículo 151 y sgts
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Este tema se relaciona con los límites impuestos al operador de justicia en la apreciación
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Desde este punto de vista, la valoración constituye no una declaración empírica, sino una operación
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En esencia, la valoración de los medios probatorios producidos en juicio es quizás la función
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Sistema de Libre Convicción: Este sistema otorga al juez plena libertad en la apreciación de
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En este sentido, debe advertirse, que las formalidades procesales exigidas por la ley para que
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En este sentido, la doctrina ha señalado como características de este sistema las siguientes: (i)
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Parra Quijano (citado por Bello Tabares, 2004), señala como ventajas de este sistema las siguientes
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Lo anterior obliga al juez a expresar en la parte motiva del fallo, los razonamientos
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Al existir un razonamiento o motivación sobre la forma cómo el operador de justicia analizó
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Sólo a través de un razonamiento plasmado en la sentencia podrá controlarse la legalidad y
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Las decisiones judiciales serán el reflejo directo del convencimiento judicial
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De lo expuesto se desprende, que la sana crítica como sistema de valoración de las
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Es importante manifestar que el Derecho del Trabajo, se estructura fundamentalmente sobre la base del
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Con relación a la acusada violación del artículo 153 del Código Procesal del Trabajo, que
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Continua la doctrina contenida en la obra del Dr
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Debe tomarse en cuenta que en el Derecho Laboral se deja de lado el principio
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Asimismo, debe tenerse presente que es deber primordial del Estado proteger los derechos de los
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Debemos remitirnos al estudio de las actuaciones, específicamente a la Sentencia, memorial de Apelación y
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De la revisión del recurso de apelación, se tiene que efectivamente la recurrente denuncia como
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En ese entendido analizando el Auto de Vista impugnado, en la parte considerativa en su
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En efecto, no es evidente, que el juez a quo solo haya citada y no
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Para corroborar si el Ad quem, incurrió en la falta denunciada, es necesario acudir a
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En ese entendido que, del estudio de la sentencia, se tiene que a fs
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De lo expresado, se tiene que efectivamente, el Ad quem, ha incurrido en vulneración del
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IV
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Como se puede apreciar la revisión de actuaciones procesales es de oficio, en ese entendido
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Habiendo advertido la existencia de vicios de nulidad tanto en sentencia como en el auto
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POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda, de conformidad con
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Se establece la responsabilidad del Tribunal de alzada, y se les sanciona con multa de
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Regístrese, notifíquese y devuélvase
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Magistrado Relator: Ricardo Torres Echalar
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