Auto Supremo AS/0433/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0433/2020

Fecha: 22-Jul-2020

Asimismo, de acuerdo a esta normativa, la cual establece el principio de inversión de la

Asimismo, de acuerdo a esta normativa, la cual establece el principio de inversión de la prueba, el juzgador tiene la facultad de valorar las pruebas aportadas por las partes, conforme a los arts. 3. j), 158 y 200 del CPT, en virtud a la cual no se encuentra sujeto a la tarifa legal de la prueba y por lo tanto puede formar libremente su convencimiento, claro está, inspirándose en los principios científicos que informan la crítica de la prueba y atendiendo las circunstancias relevantes del pleito y la conducta procesal observada por las partes