Auto Supremo AS/0472/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0472/2020

Fecha: 20-Ago-2020

En el recurso formulado por Mariela Chávez Apuri, Mateo Cussi Chapi y Nazira Isabel Flores

En el recurso formulado por Mariela Chávez Apuri, Mateo Cussi Chapi y Nazira Isabel Flores Choque en representación legal de Luis Gatty Ribeiro Roca, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Cobija; los prenombrados sustentaron su recurso en los siguientes puntos:
II.1.1 Violación del art. 108 de la Constitución Política del Estado
Indicando a través de la transcripción del señalado artículo de la Ley Fundamental que, el tribunal como autoridad jurisdiccional tiene uno de los deberes fundamentales de velar también por los intereses del Estado y de la sociedad, debiendo examinar de manera minuciosa los alcances de la Ley, advirtiendo que “…no es solo decir que todos los funcionarios están dentro de la Ley…” (sic), debiendo tomarse en cuenta que los derechos y obligaciones de los mismos se encuentran plasmados no solamente en un cuerpo normativo sino en los distintos que rigen el ordenamiento jurídico (Leyes y Decretos Supremos); por lo que, solicitaron se respeten los postulados que rigen la vida institucional del Gobierno Autónomo Municipal de Cobija y se apliquen normas de administración publica como son la Ley 1178 de 20 de julio de 1990 -Ley de Administración y Control Gubernamentales-, art. 6 de Ley del Estatuto del Funcionario Público (EFP) -Ley 2027 de 27 de octubre de 1997-, la Ley de Procedimiento Administrativo (LPA) -Ley 2341 de 23 de abril de 2002-, y demás normas a las que se rigió el demandante y que fue admitido por el mismo, prestando servicios a entidad edil como encargado y especialista ambiental de proyectos e infraestructura, es decir en cargos de rengo de jefe y profesional; por lo que, no debe ser considerado por la Ley que Incorpora a Trabajadores Asalariados de los Gobiernos Autónomos Municipales a la Ley General del Trabajo -Ley 321 de 18 de diciembre de 2012-