Auto Supremo AS/0343/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0343/2020

Fecha: 04-Sep-2020

Por lo que, se establece que, no existió errónea interpretación del art

En el caso de autos, de la revisión de obrados y las pruebas ofrecidas y producidas se advierte que la recurrente si bien denota el corpus y el animus sobre el objeto de la litis no demostró la posesión pacífica, continua, útil e ininterrumpida del mismo por el lapso de diez años.
Por lo que, se establece que, no existió errónea interpretación del art. 138 del CC con relación al art. 1454 del CC que refiere la imprescriptibilidad de la acción reivindicatoria, arts. 134 (principio de verdad material), 135 (posesión viciosa); art.144 (medios de prueba); art.145 (valoración de la prueba) del CPC y la vulneración de los arts. 1289 CC (fuerza probatoria); art. 1290 CC (declaraciones en favor de otro) que refiere la recurrente