Auto Supremo AS/1077/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1077/2021

Fecha: 02-Dic-2021

d)

d) El proceso con identidad de objeto, sujeto y causa, donde ya se solicitó en la reconvencional la nulidad de la minuta de transferencia del bien inmueble a favor de María Luz Parra, declarando improbada la nulidad pretendida, ese hecho ni siquiera es mencionado en la Sentencia, pese a que se puso de manifiesto en la contestación.

Los demandados pretenden hacer inducir en error, pues de las fotocopias legalizadas del proceso con IANUS N° 200715478 cursante de fs. 149 a 160 (Sentencia N° 452/2010, Auto de Vista N° 96/2011 y Auto Supremo N° 909/2015), la reconvención no fue por nulidad del documento de 7 de marzo de 1988, sino que las pretensiones fueron por cumplimiento del documento privado de 12 de octubre de 1990; reconocimiento de acciones y derechos; reivindicación y reconocimiento del derecho propietario del 50%.