Auto Supremo AS/0084/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0084/2021

Fecha: 01-Feb-2021

consecuentemente a tiempo de formular el actor su desistimiento no existió sentencia ejecutoriada

En cuanto a la no valoración del contenido de la prueba relativa al acuerdo transaccional que otorga valor sobre sus declaraciones asertivas sobre hechos de conocimiento fáctico judicial al tenor de lo regulado en el art. 133 del Código de Procedimiento Civil  sobre la notificación procesal, por cuanto la no existencia del decreto de ejecutoria, no implicaría la no ejecutoria de dicha sentencia, al respecto se observa que implícitamente la recurrente quiere forzar a este Tribunal a revisar y revalorizar actuados inherentes a un proceso ajeno al presente, cuyos reclamos pretenden reactivar aquel proceso que fue concluido por desistimiento, cual si fuera una revisión extraordinaria del mismo, con el objeto de vertir un criterio sobre la existencia de una supuesta ejecutoria de sentencia, cuando claramente dicho proceso concluyó por Auto Interlocutorio Resolución Nº 399/2016 de 23 de agosto cursante de fs. 25 a 26 vta., emitido por la Juez Público Civil y Comercial Nº 12 que admitió el desistimiento como forma extraordinaria de conclusión del proceso, que entre sus conclusiones expresó que si bien se dictó sentencia sin embargo la misma se  hallaba pendiente de notificarse a todas las partes procesales, consecuentemente a tiempo de formular el actor su desistimiento no existió sentencia ejecutoriada, de lo cual no se puede establecer interpretaciones o supuestos sobre la ejecutoria o no de dicha sentencia,  menos pretender hacerlo mediante esta vía, siendo sus reclamos infundados.