Auto Supremo AS/0084/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0084/2021

Fecha: 01-Feb-2021

Fragmento 15

Al respecto, corresponde precisar que la parte recurrente no presentó documento o poder emanado de la demandante a Simón Carlos Mamani Tapia que pudiera comprometer algún derecho indisponible ni demostró objetivamente que las partes hubieran transigido sobre derechos comunes, en ese sentido simplemente la transacción opera sobre derechos patrimoniales propios y disponibles como claramente dispone el art. 946 del Código Civil, máxime si el coadyuvante simple no es parte en el proceso, sino un auxiliar de la parte a la que coadyuva y no se requiere su voluntad en los actos de desistimiento, transacción conciliación u otro acto de disposición tal como regula el art. 54. III del Código Procesal Civil.