Auto Supremo AS/0093/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0093/2021

Fecha: 02-Feb-2021

a.Con relación a la acción reivindicatoria

Si bien el demandante no acreditó estar en posesión del inmueble, no obstante, ejerció actos de posesión civil al estar inscrito su derecho propietario. De igual forma, no necesariamente debe estar en posesión corporal del inmueble, habida cuenta que tiene la posesión civil. Entonces, por las pruebas acompañadas, el demandante acreditó de forma fehaciente su derecho propietario, el cual se halla publicitado y registrado en DDRR, derecho propietario que es oponible frente a terceros que no cuentan con igual o mejor título propietario.